
El sistema de concordatos
Los terremotos políticos de la revolución y la guerra han despojado a la Iglesia de buena parte de su poder temporal, pero la necesidad fundamental que tienen los Estados de legitimidad religiosa no ha menguado, y es precisamente esa necesidad la que aprovechamos en los tratados formales que denominamos concordatos. Negociamos con cada poder soberano por separado y cedemos cierto grado de independencia en asuntos administrativos a cambio del reconocimiento jurídicamente vinculante de los derechos de la Iglesia, la seguridad de nuestros seminarios y la posición formal del clero católico dentro de sus fronteras. Este sistema de acuerdos bilaterales transforma a cada Estado católico de potencial adversario en un socio ligado por tratado, lo que nos otorga un alcance diplomático que ningún ejército habría podido preservar.
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